DERECHOS PARA LA DISCAPACIDAD EN COLOMBIA

En Colombia, las personas con discapacidad (PcD) son sujetos de especial protección constitucional. Esto significa que sus derechos prevalecen y el Estado debe eliminar cualquier barrera que impida su desarrollo.

1. MARCO LEGAL FUNDAMENTAL

Ley 1618 de 2013: La base de la inclusión. Establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las PcD.
Ley 1996 de 2019: Esta es revolucionaria. Establece que todas las personas con discapacidad tienen capacidad legal plena. Ya no se necesita “interdicción” (quitarle derechos a alguien para que otro firme por él); ahora se usan “apoyos”.
Resolución 113 de 2020:  La que manda sobre el Certificado de Discapacidad.

2. DERECHOS PRIORITARIOS Y ENLACES DE GESTIÓN

A. Salud Integral y Rehabilitación

Las PcD tienen derecho a servicios de salud que no se limiten a la urgencia, sino que busquen la mayor funcionalidad posible.

  • ¿Qué incluye?: Terapias ilimitadas, tecnologías de asistencia (sillas de ruedas, audífonos), medicamentos y transporte para citas médicas.

  • Enlace de consulta (Supersalud): Si la EPS niega servicios, aquí se pone la queja formal: Reclamos Supersalud.

B. Subsidios y Renta Ciudadana

El Gobierno ha priorizado a las familias con miembros con discapacidad severa que requieren cuidado permanente.

C. Educación Inclusiva

Ningún colegio (público o privado) puede negar el cupo a un niño o niña por su discapacidad. Deben crear el PIAR (Plan Individual de Ajustes Razonables).

3. EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD: PASOS A SEGUIR



Cita con el Médico Tratante

Solicitar que se registre el diagnóstico con código CIE-10 en la historia clínica.



Secretaría de Salud

Solicitar la orden de valoración (cada municipio tiene su portal)



Valoración Multiprofesional

 Un equipo de tres expertos evalúa no solo la enfermedad, sino las barreras del entorno.

1. ¿Qué es el Certificado de Discapacidad y para qué sirve?

Es el documento oficial que acredita tu condición. Sirve para acceder a beneficios de salud, programas sociales, exenciones tributarias y cupos de inclusión laboral protegida.

3. ¿Cómo solicito apoyos para la toma de decisiones?

Puedes formalizar acuerdos de apoyo ante un notario o un centro de conciliación. Estos apoyos te ayudan a entender trámites o expresar tu voluntad sin suplantar tu identidad.

4. ¿Existen beneficios para las empresas que me contraten?

Sí. Las empresas reciben deducciones en el impuesto de renta, preferencia en licitaciones estatales y disminución de cuotas de aprendizaje como incentivo para la contratación inclusiva.

5. ¿Pueden negarme el cupo en un colegio por mi discapacidad?

No. El Decreto 1421 de 2017 prohíbe negar el acceso a la educación. Los colegios deben realizar un Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) para garantizar el aprendizaje del estudiante.

6. ¿Tengo derecho a citas médicas prioritarias?

Sí. Las EPS están obligadas a brindar atención preferencial, entrega de medicamentos a domicilio (en ciertos casos) y eliminar barreras burocráticas para pacientes con discapacidad.

7. ¿Qué son los “Ajustes Razonables” en el entorno laboral?

Son modificaciones necesarias (como rampas, teclados adaptados o cambios de horario) que la empresa debe hacer para que puedas desempeñar tus funciones en igualdad de condiciones.

8. ¿Hay tarifas diferenciales en el transporte público?

Muchos sistemas de transporte masivo ofrecen subsidios o tarifas reducidas. Debes estar inscrito en el registro de localización y caracterización del Ministerio de Salud para acceder a ellos.

9. ¿Tengo prioridad en los programas estatales de vivienda?

Sí. Los proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) deben asignar un porcentaje de sus unidades a personas con discapacidad, asegurando además la accesibilidad física del inmueble.

10. ¿Dónde denuncio un acto de discriminación?

Puedes acudir a la Defensoría del Pueblo, Personerías Municipales o interponer una acción de tutela si se están vulnerando tus derechos fundamentales de forma inmediata.

11. ¿Pueden prohibirme entrar a un local con mi perro guía?

No. Los animales de asistencia tienen permitido el acceso a espacios públicos, transporte y establecimientos de comercio por ley, sin que se te pueda exigir un pago adicional.

12. ¿Qué derechos tengo en espacios recreativos y parques?

Tienes derecho a la accesibilidad universal en museos, teatros y parques. Muchos sitios públicos ofrecen tarifas reducidas o gratuitas para ti y un acompañante.