DERECHOS PARA LA DEPENDENCIA

En Colombia existe un vacío legal enorme que las familias sufren mucho. La ley reconoce que una persona con discapacidad severa no solo necesita salud, sino a alguien que la asista de forma permanente.

EL CONCEPTO DE “CUIDADO PERMANENTE”

El Pago al Cuidador
Existe el mito de que el Estado paga un sueldo por ser cuidador. Realidad: No hay un sueldo automático, pero la Corte Constitucional ha ordenado (Sentencia T-096 de 2016) que si el cuidador debe dejar de trabajar para cuidar, se debe garantizar un mínimo vital.
Servicio de Auxiliar de Enfermería
Si la discapacidad requiere manejo de sondas, curaciones o movilización compleja, la EPS debe poner el personal cualificado (Home Care). No es una obligación de la familia si esta carece de entrenamiento médico.

LEY DEL CUIDADOR (2297 DE 2023)

1. ¿Quién es un cuidador según la ley?
Es la persona que brinda apoyo a una PcD para sus actividades básicas. Dato clave: La ley permite flexibilidad horaria laboral para asistir a las terapias del familiar sin perder el empleo.
2. El “Servicio de Cuidador” por la EPS
La EPS no da dinero, da servicio técnico. Si hay dependencia severa, deben cubrir un Auxiliar de Enfermería. La Corte prohibe delegar esto a la familia si esto les impide trabajar para subsistir.

PASOS PARA EL APOYO DOMICILIARIO


ORDEN MÉDICA

Debe especificar: “Requiere acompañamiento de auxiliar domiciliario 8/12/24 horas”.


SOLICITUD EPS

Radicar la orden. Tienen 5 días para responder antes de proceder a la vía legal.


LA TUTELA

Alegar “Carga Desproporcionada”: el cuidado no puede destruir la salud del cuidador.

BENEFICIOS DE LEY Y TRÁMITES

  • ✓ Empleo: Prioridad en programas y vacantes del SENA.
  • ✓ Flexibilidad: Teletrabajo garantizado si el cargo lo permite.
  • ✓ Capacitación: Certificación de tus competencias como cuidador.
  • ✓ Descanso: Acceso a programas municipales de “Respiro”.

Si la EPS te dice que no: ¡No te rindas!

La mayoría de las veces, el servicio de cuidador o la entrega de pañales se logra mediante una Acción de Tutela.
Al ser una persona con discapacidad, el juez suele fallar en menos de 10 días para proteger la Vida Digna.

¡Es tu derecho, no un favor!

Enlaces de interés para cuidadores

Portal de Discapacidad – Ministerio de Salud

Lineamientos técnicos y marco normativo nacional para la población y sus cuidadores.

Beneficios y Exenciones (SIC)

Guía actualizada sobre derechos económicos y exenciones legales vigentes.

Defensoría del Pueblo

Acompañamiento y defensa jurídica gratuita para la protección de derechos fundamentales.

1. ¿Cómo define Colombia la situación de dependencia?

Se entiende como la necesidad de asistencia de terceros para realizar actividades básicas cotidianas debido a una discapacidad o condición de salud severa y permanente.

2. ¿Qué es el Sistema Nacional de Cuidado (SNC)?

Es la política pública que busca reconocer, reducir y redistribuir el trabajo de cuidado, brindando servicios tanto a quienes requieren cuidado como a quienes lo proveen.

3. ¿Cómo se evalúa el nivel de dependencia en la EPS?

El médico tratante debe evaluar la funcionalidad del paciente. En Colombia se utilizan escalas como Barthel o Karnofsky para justificar la necesidad de apoyos domiciliarios.

4. ¿Qué servicios de asistencia domiciliaria cubre el Plan de Beneficios?

Incluye programas de “Home Care” o atención domiciliaria para pacientes crónicos, siempre que el médico determine que el cuidado no puede ser asumido solo por la familia.

5. ¿Existen subsidios directos para cuidadores familiares?

No existe un salario estatal general, pero bajo ciertas condiciones judiciales (tutela), se puede solicitar que la EPS remunere al cuidador si este no puede trabajar por cuidar.

6. ¿Qué son las “Manzanas del Cuidado” y dónde operan?

Son espacios físicos (pioneros en Bogotá) que ofrecen lavandería, educación y respiro para los cuidadores mientras la persona dependiente recibe atención profesional.

7. ¿Cuándo se tiene derecho a enfermería 24 horas por POS?

Cuando existe una orden médica que certifique que el paciente requiere procedimientos clínicos complejos en casa que un cuidador primario no puede realizar.

8. ¿Cubre el sistema de salud sillas de ruedas o camas hospitalarias?

Sí. Estos insumos están incluidos en el Plan de Beneficios (antes POS). Deben ser prescritos por el médico de la EPS para facilitar la autonomía del paciente.

9. ¿El traslado para terapias debe ser gratuito?

La EPS debe garantizar el transporte si el paciente tiene movilidad reducida y la familia carece de recursos para costear el traslado a los centros médicos.

10. ¿Qué programas hay para adultos mayores dependientes?

Existen los Centros Vida y Centros Día municipales que ofrecen alimentación, recreación y atención básica para la población mayor en situación de vulnerabilidad.

11. ¿Qué hacer si la EPS niega el servicio de cuidador?

Se puede interponer una acción de tutela por vulneración al derecho a la salud y la vida digna, solicitando el cumplimiento de la orden médica o la evaluación inmediata.

12. ¿Dónde pueden los cuidadores certificar sus competencias?

El SENA ofrece programas gratuitos de formación y certificación de competencias para cuidadores, mejorando su perfil técnico y oportunidades laborales.